En Argentina, se modificó una legislación en torno a los alquileres

El día de ayer, el congreso argentino comunicó en el Boletín Oficial que se realizó una modificación en el artículo 1203 del Código Civil y Comercial, que establece que los inquilinos pueden rescindir sus contratos en caso de que existan causas no imputables a ellos que les impidan usar el espacio alquilado.

“Esta modificación es una herramienta más para negociar. Nos llamó la atención porque es una medida que se pone del lado del inquilino y viene a mejorar su postura, por más que lo que se cambió sea una nomenclatura. Todo lo que acompañe el marco legal para ayudar al que está en desventaja, bienvenido sea”, dice Adrián Stoll, vicepresidente de la Cámara de Gimnasios de Argentina (CGA).

“Hablamos con 15 grupos diferentes de miembros de la Cámara de Gimnasios y todos hacen mención del alquiler. Cuesta mucho que los gerentes y dueños de gimnasios hablen con los propietarios, pero peor es quedarse callado. Hay que ver juntos el problema, evaluar cómo salir de esta situación”, añade Stoll.

“Para nuestro rubro, lo ideal es tener un alquiler que esté entre el 10% y 20% de los ingresos, y para tener un gimnasio sano financieramente, el alquiler no puede superar el 20% de la facturación”, indica el vicepresidente de la CGA.

Por otra parte, la CGA está negociando con la Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC) para llegar a un acuerdo sobre salarios y aguinaldos. “Creemos que en las próximas 48 horas firmaremos un acuerdo, pero es difícil encontrar un punto de equilibrio, considerando los pocos gimnasios que tienen ingresos”, afirma Stoll.

 “Estamos haciendo un esfuerzo por llegar a un consenso. El gran compromiso de nuestra actividad es que no haya despidos porque tenemos un trato súper familiar con los empleados, es una relación humana de todos los días. La mayoría de los gimnasios están con cero ingresos, y por más que el Estado ayude, hay una parte que no está asistida”, concluye.