Rechazan demanda contra una cadena de gimnasios

La Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal rechazó una demanda contra Megatlón S.A. por la muerte de una persona al finalizar una clase de “spinning”.

El hecho ocurrió en 2005, cuando el hombre falleció luego de una clase de “ciclismo indoor”. La pareja del hombre demandó a la firma, por derecho propio y en representación de su hija, al considerar que el fallecimiento fue resultado del “enorme esfuerzo físico y cardiovascular”.

La sentencia de primera instancia rechazó la demanda al entender que “no hubo relación de causalidad entre el hecho dañoso y la clase de spinning”. Todo ello en los autos “O., A. G. y otro c/  Megatlon S.A. y otro s/ Daños y Perjuicios”.

La causa llegó al Tribunal de Alzada por el recurso de apelación de las demandantes. En este escenario, los camaristas analizaron el argumento principal de las actoras, quienes alegaron la responsabilidad de la firma, la cual, según argumentaron, "debía exigir a los asistentes acompañar un certificado médico" para comenzar las actividades.

Según consta en la causa, el hombre le dijo al empleado del gimnasio que se había realizado estudios médicos, los cuales habían determinado que “no presentaba factores de riesgo cardiovascular”.

Los jueces consignaron que “si bien es cierto que el gimnasio debió hacerle presentar el certificado médico al individuo para corroborar su palabra”, y añadieron: “Este es un caso donde se confió en la palabra del señor N. y él había dicho la verdad”.

También advirtieron que “aun si hubiera presentado el certificado que la disposiciones municipales exigen, no hubiera estado impedido de hacer la clase, en tanto el electrocardiograma que se le realizó y el resto de su chequeo eran normales”.

Y concluyeron: “Nada se imputó al funcionamiento de la bicicleta, a la atención médica en el lugar, a las tareas de reanimación hechas por el propio personal”.

Fuente: Diario Judicial | Este artículo fue extraído de www.diariojudicial.com