Mendoza aprueba ley para promover la actividad física en niños

Mendoza aprueba ley para promover la actividad física en niños

Este martes, Mendoza aprobó una ley para promover la actividad física en niños, niñas y adolescentes, tras su unánime aprobación en la Cámara de Senadores. La normativa, que regresó del Senado tras ser modificada por la Cámara de Diputados, busca asegurar la salud y proporcionar los recursos necesarios para que los jóvenes realicen actividad física en sus entornos curriculares y extracurriculares.

Durante la sesión, la senadora Mariana Zlobec, integrante de la comisión de Salud, destacó la importancia de esta legislación para garantizar el bienestar y el desarrollo integral de los jóvenes en la provincia. La nueva norma actualiza aspectos administrativos y redefine la promoción de la salud, facilitando el acceso a la actividad física sin comprometer la salud integral de los menores.

Con esta legislación, los jóvenes podrán participar en actividades físicas en el ámbito escolar con el respaldo de una declaración jurada de sus padres o tutores, siempre que no existan antecedentes patológicos y se mantenga un control de salud regular. Se establece que el Estado debe fomentar controles de salud periódicos para todos los menores, asegurando que su participación en educación física no se limite.

Además, se transferirán competencias relevantes del Ministerio de Salud al Ministerio de Educación, Cultura e Infancias, bajo la Dirección General de Escuelas. La normativa enfatiza que la actividad física en este contexto no se orientará a la competencia, sino que se alineará con el desarrollo educativo.

Al mismo tiempo, Zlobec subrayó que la nueva ley no afectará el cuidado de la salud y que el Estado tiene la responsabilidad de promover un control integral, basado en recomendaciones científicas. El objetivo es eliminar las barreras administrativas para que los jóvenes disfruten de los beneficios de la actividad física desde temprana edad, siempre con la debida seguridad.

Un aspecto clave es que los menores sin antecedentes familiares o personales de enfermedades y con controles de salud normales no necesitarán presentar un electrocardiograma (ECG) ni un apto físico para participar en actividades físicas escolares. Sin embargo, se recomienda que los adolescentes con enfermedades cardíacas de origen genético presenten un ECG si no cuentan con uno realizado en la etapa pospuberal.

La nueva legislación será aplicable a todos los establecimientos educativos y de salud, tanto públicos como privados, que realicen actividades físicas bajo la jurisdicción del Ministerio de Salud y Deportes de Mendoza y la Dirección General de Escuelas. Estas instituciones serán responsables de la aplicación de la ley y tendrán la facultad de establecer regulaciones y protocolos conforme a las normativas vigentes y recomendaciones de entidades científicas especializadas en salud infantil y juvenil.

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