mercado_fitness_user2023-12-15T12:23:55-03:00El municipio de Villaguay, Entre Ríos, generó mediante la Ordenanza 1507 el marco regulatorio para la instalación y el funcionamiento de natatorios en la ciudad y ejido.
Entre otras cosas, la mencionada reglamentación señala que las profundidades mayores de 1,50 metros deberán indicarse con cartel de fácil visibilidad y además dispone que en los natatorios a construirse en el futuro, no habrá podrán haber cambios bruscos de pendiente donde la profundidad sea menor de 1,80 metros.
Asimismo los natatorios deberán contar con un servicio de emergencia, con la debida identificación, así como la obligatoria contratación de un seguro de Responsabilidad Civil. Además deberán estar vigilados en forma permanente por Guardavidas o Profesores de Educación Física, los que deberán acreditar dicha condición.