Gimnasios uruguayos rechazan la ampliación condicionada de su aforo

Gimnasio City Fitness Uruguayo

La Cámara Uruguaya de Gimnasios y Afines (CUGA) emitió un comunicado en el que manifiesta su rechazo a la ampliación del aforo al 65%, dispuesta el 30 de julio pasado por la Secretaría Nacional del Deporte (SND), con la condición de que gimnasios y piscinas soliciten a sus clientes constancia de vacunación o testeo negativo de Covid-19.

A través de un comunicado, CUGA manifestó desconocer cuál es el sustento legal con el que los gimnasios afiliados a la cámara podrían llevar a cabo la medida dispuesta. “Surgen muchos interrogantes respecto de las potestades de las empresas para solicitarle a un cliente información sobre su salud para poder acceder a un servicio”, destaca el texto.

Según el comunicado de la cámara que nuclea a gimnasios, este tipo de información es de carácter confidencial y está protegida por la Ley N° 18.331 -de Protección de Datos-. “Se trata de un dato sensible respecto de la salud de las personas, especialmente tutelado por los artículos N° 4 Literal E, 12, 18 y 19”, detalla el texto divulgado por CUGA.

Por otro lado, del comunicado de la SND se deduce que los gimnasios y piscinas que quieran gozar del beneficio de ampliación de su aforo y autorización para usar vestuarios deberían prohibirles el acceso a personas que no estén vacunadas. Esto, según CUGA, significaría una violación de normas constitucionales y por lo tanto una conducta delictiva.

“Nuestro sector –prosigue el texto de CUGA- no tiene espectadores que se sientan a ver un  espectáculo deportivo, sino participantes que vienen a nuestras instituciones buscando mejorar su calidad de vida y dejar atrás el sedentarismo, que es una pandemia en sí misma y un factor es factor clave en la mayoría de las enfermedades no trasmisibles”.

En este sentido, los gimnasios agrupados en CUGA destacan: “Desde el principio de esta pandemia, le hemos dicho al Gobierno que estamos para colaborar y brindar nuestro aporte a la sociedad a través de la actividad física regulada, controlada y planificada (…), la cual refuerza el sistema inmunológico”.

“Negarles la posibilidad –continúa el texto- de realizar actividad física a quienes eligen no vacunarse sería un acto discriminatorio. Y esas personas no solo no tendrían –por elección propia- la protección de la vacuna, sino que, en virtud de esta nueva medida, tampoco tendrían la protección que les brinda la actividad física regular”.

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