En Argentina reglamentaron una ley que obliga a los gimnasios a contar con desfibriladores

En Argentina reglamentaron una ley que obliga a los gimnasios a contar con desfibriladores

A mediados de julio pasado se publicó en el Boletín Oficial el decreto 402/2022 mediante el cual el Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley 27.159 de Muerte Súbita, sancionada en el año 2015, que tiene por objetivo regular un sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público.

Con esta ley y su reglamentación, el Gobierno busca promover la creación de espacios cardio-asistidos. Se define así a lugares que cuentan con personal capacitado en RCP, con Desfibriladores Automáticos Externos (DEA) y con un sistema de emergencia médica, que permita continuar la cadena de supervivencia ante la emergencia.

El Ministerio de Salud de la Nación acreditará a las instituciones formadoras para la capacitación en RCP y uso de los DEA. Además, se creará un Registro Nacional de DEAs con el objetivo de georreferenciarlos y hacer un seguimiento de su funcionamiento, y se elaborará una guía para calcular la cantidad y determinar la localización de los DEAs.

La medida no establece una fecha en la cual los lugares deberán contar con esos instrumentos, pero indica que el Ministerio de Salud “deberá elaborar una guía que contenga los lineamientos para calcular la cantidad de desfibriladores, según la determinación de los espacios públicos y privados de acceso público”.

Los factores que definirían la obligatoriedad o no de contar con un DEA en espacios públicos o espacios privados de acceso público son: la concentración de personas (más de 1.000 personas por día), el riesgo de las actividades que allí se desarrollan, y la imposibilidad de tener acceso a un servicio de emergencias médicas.

¿Qué opina el sector?
En general, la noticia sobre la reglamentación de esta ley tuvo una buena aceptación entre los emprendedores y profesionales del sector del fitness. No obstante, la mayoría reclama algún tipo de intervención estatal a través de subsidios o créditos que viabilicen la compra de este tipo de equipamientos, cuyo costo de base ronda los U$ 1000 dólares.

“Un DEA es fundamental, cada centro debe tener uno indiscutiblemente”, remarca Gustavo Mondo, propietario del gimnasio y natatorio Honu Beach, de Mar del Plata. “¡Está perfecto! Me parece bárbaro, hace tiempo que quiero incorporar un DEA y estoy por hacerlo”, dice Diego Valle, de Go Gym & Healt, de Villa María, Córdoba.

Sin embargo, otros colegas se muestran preocupados por el costo de los equipos. “No creo poder comprarlo”, dice Hevery Ponsiano, dueño de un gimnasio de 300m2 en Pilar. En coincidencia, Juan Denis Velasquez, de Jardín América, en Misiones, opina que es una excelente medida, pero “será complicado para nosotros por el costo del DEA”.

“Nosotros tenemos un DEA en cada salón, pero en este momento son incomprables”, coincide Andrea Sanfilippo, del gimnasio Taian, de Paraná. Eduardo Cerimedo, dueño del gimnasio Fitness Center de San Juan, es contundente en su opinión: “Los legisladores viven un tupper. Hacen leyes para países escandinavos, estando en un país bananero”.

En Paraná, Entre Ríos, según Diego Scocco, presidente de la Cámara de Gimnasios, “estamos trabajando para que el Municipio nos financie la compra”. En la misma línea, desde el Sindicato de Trabajadores de Gimnasios (SITRAGIM) presentaron una nota en el Ministerio de Desarrollo Productivo para pedir financiamiento en la compra de DEAs.

Por su parte, Adrián Stoll, vicepresidente de la Cámara de Gimnasios de Argentina (CGA), opina: “Se que esta noticia no cae muy bien entre los gimnasios más pequeños, porque el costo de un DEA es muy alto. Pero no podemos reclamar ser considerados agentes de salud y después poner el grito en el cielo cuando nos exigen tener un dispositivo como éste”.

En esta línea, Stoll adelanta que desde la CGA volverán a negociar compras colectivas para el sector a los fines de obtener mejores precios. “Esto se veía venir desde 2019, pero cuando aún no era obligatorio no tuvimos mucha aceptación con esa iniciativa. Esperamos que ahora podamos finalmente tener una mejor respuesta por parte del sector”, añade.

Texto completo del Decreto 402/2022 que reglamenta la Ley 27159.

Texto completo de la Ley 27159 de Muerte Súbita.